NORMATIVA SOBRE EL VALLADO DE PISCINAS EN GRANADA

vallado de piscinas Granada

La seguridad en las piscinas es un aspecto clave para evitar accidentes, especialmente aquellos que pueden involucrar a menores de edad. En Granada, al igual que en otras comunidades autónomas de España, se deben cumplir una serie de normativas y requisitos para garantizar que las instalaciones sean seguras y no presenten riesgos para los usuarios. En cuanto al vallado de piscinas, existen normativas tanto estatales como locales que regulan las características y condiciones que deben cumplir las instalaciones para asegurar su seguridad.

Legislación Estatal para el vallado de piscinas: El Real Decreto 742/2013

El Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, establece los criterios técnico-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público en España. Aunque el Real Decreto no aborda de manera específica el vallado, establece que los titulares de las instalaciones deben velar por la seguridad de las mismas. En este sentido, el vallado juega un papel fundamental en la prevención de accidentes, evitando accesos no autorizados, sobre todo por parte de niños.

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Normativa Autonómica en Andalucía sobre seguridad en piscinas

En Andalucía, además de las normativas nacionales, existen regulaciones locales y autonómicas que completan y refuerzan los requisitos establecidos a nivel estatal. Entre los puntos más importantes, destaca la obligación de contar con un vallado de al menos 1,2 metros de altura, el cual debe estar diseñado de tal manera que sea difícil de escalar. Asimismo, las piscinas deben contar con entradas cerradas que solo puedan ser abiertas mediante puertas automáticas, lo cual contribuye a mantener el control sobre el acceso.

Además, los municipios andaluces pueden establecer ordenanzas locales que especifiquen aún más las características del vallado y otras medidas de seguridad, ajustándose a las necesidades particulares de cada área.

Otras Medidas de Seguridad Requeridas sobre señalizacion y vallados en piscinas

La normativa andaluza también incluye otros aspectos de seguridad esenciales, tales como la instalación de señalización adecuada, que debe advertir sobre el uso correcto de las piscinas y los peligros que pueden presentarse. Es imprescindible que las instalaciones se mantengan en condiciones óptimas, lo que incluye inspecciones periódicas y un mantenimiento adecuado de la calidad del agua.

Resumen de Requisitos para el Vallado de Piscinas en Granada

  • El vallado debe tener una altura mínima de 1,2 metros y estar diseñado para evitar que los niños puedan escalarlo.
  • Las entradas deben ser seguras y contar con puertas automáticas.
  • Se requiere señalización clara y efectiva que advierta sobre los riesgos.
  • Es fundamental realizar inspecciones periódicas para asegurar que se cumplan los estándares de seguridad.

En conclusión, en Granada, la normativa sobre seguridad en piscinas, incluida la del vallado, se establece a partir del Real Decreto 742/2013 y se complementa con regulaciones autonómicas y locales que refuerzan la seguridad de las instalaciones. Los propietarios deben cumplir con estos requisitos para garantizar la protección de los usuarios y evitar accidentes.

 

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